Desde
hace unas semanas venimos asistiendo al anuncio de la postulación a la
Municipalidad Provincial del Santa sin renunciar al Decanato del Colegio de Abogados del Santa
de quién lo es actualmente, el señor Richard Villavicencio Saldaña. Para que el
lector de a pie entienda mejor lo que ocurre, propongo explicar una serie de terminología básica al alcance de
cualquiera. Así vemos que en la sociedad actual se utilizan frecuentemente los
términos Ética y Deontología, sobre todo al referirnos a las profesiones. Ambos
conceptos tienden a confundirse pues forman parte como componentes inseparables
en la actuación del profesional. Se suele oír que Fulano o Sotano tienen o
carecen de Ética profesional o ejercen o no una buena Deontología profesional.
Así pues es importante deslindar una de otra pues aunque repito suelen ir
unidas no siempre es así y además resulta fundamental establecer que es una
cosa y que es otra.
El
término Ética hace referencia directamente a la conciencia personal mientras la
deontología lo hace hacia la actuación circunscrita a una colectividad. La Ética
profesional es la que rige el comportamiento del profesional en su actividad
laboral diaria. Y los Principios que rigen las profesiones se obtienen de forma
similar a los de la Ética general, cuáles son el diálogo, tanto inductivo como
deductivo.
Atención
a esto: al actuar, el profesional se juega no solo ser considerado como un buen
o mal profesional sino también como un ser ético o no. Hablemos claro: uno
puede tener éxito profesional y al mismo tiempo ser denostado por la sociedad. Es
frecuente oir “Es muy bueno aunque bastante golfo”
La
diferencia fundamental entre Ética y Deontología viene dada porque la primera
se basa en Principios o Valores y la segunda en Normas y Deberes.
Los
Principios, de los que aprovecho la ocasión para decirlo, andamos escasos, son
mucho más genéricos y nos enseñan los valores del actuar y el vivir. En
términos generales los Principios nos revelan un valor o una meta valiosa a
conseguir y las Normas hacen referencia a situaciones más o menos concretas o
más o menos genéricas. Desde el punto de vista profesional, los Principios o Valores
fundamentales de la Ética son: el de Beneficencia que consiste en comprobar si
se logra y de qué manera el bien y los servicios propuestos. El Principio de
Autonomía consiste en tratar a las personas como tales, respetando su dignidad
y sus derechos. El tercer gran Principio es el de Justicia que consiste en
administrar ésta con criterios similares ante las múltiples demandas
existentes. Y finalmente el Principio de no Maleficencia por el que habrá que
evitar hacer daño y no perjudicar al sujeto que es motivo de la actuación
profesional. Atención a este último. Cuando hacemos referencia a una profesión
determinada podemos decir que tiene una Ética y una Deontología determinada. La
primera, la Ética se centrará en determinar el bien profesional a conseguir y
aportarlo a la sociedad, y la Deontología se ocupará de definir las obligaciones
concretas de cada profesión.
Cabe
hablar de otro término, que es la Conciencia Profesional que en pocas palabras
consiste en el comportamiento socialmente responsable de una persona en un
cargo o profesión. Así diremos que tiene conciencia profesional o no la tiene.
Y
ahora volvamos al caso del Sr. Decano. Desde el punto de vista Deontológico no
hay nada que le pueda impedir su postulación política, pues no hay Norma alguna
que lo impida y está en su perfecto derecho. Y en lo que se refiere, según mi
opinión al aspecto Ético, cabe decir que su postulación por un partido o
agrupación política determinada no cabe considerarla como la de un simple
abogado o profesional, que entonces si sería aceptable, sino como la de un
representante de una institución pues el puesto que ocupa es inseparable de su
persona, como es el Colegio de Decanos, puesto conseguido con el refrendo de
sus selectores. Por lo tanto, es al menos éticamente reprobable, en el caso de
no contar con la aquiescencia de los colegiados que le auparon al Decanato, sus
electores.
Y
en lo que se refiere a la Conciencia Profesional no debe ser la de un simple
abogado individual, sino la de un Decano perteneciente a un colectivo, y no
parece cumplir en este caso con algunos de los niveles mínimos exigibles pues
si bien su aptitud (con p) profesional como abogado puede ser excelente su
actitud (con c) profesional como Decano del colegio no parece ser la misma en
este caso. Y digo esto por la sencilla razón de que con su actitud reiterada,
la madurez y equilibrio necesario en el puesto ocupado de Decanato,
aparentemente no la muestra. Más bien produce la insana sensación de
aprovechamiento u oportunismo del puesto ocupado. De él depende cambiarla.
Si
finalmente el señor Decano consigue deslindar y diferenciar sus afanes
políticos partidarios por una parte, de los propios del Colegio
Profesional por otra, bienvenido sea. Si
por el contrario no es así y persiste en tratar de compatibilizar ambas funciones
sus colegas de colegio se lo demanden.
Finalmente,
y al margen de todo lo anterior, cabe decir que resulta bastante triste tener a
personas en cargos dirigentes a los que la presión popular o profesional tienen
que hacer retroceder en sus desaforadas ansias de poder o figurar.
Las
experiencias recientes tienen que hacernos reflexionar y elegir con sumo
cuidado a los representantes sociales pues aquí hay mucho lobo que viste piel
de cordero y puede confundirnos, penetrando en el rebaño y causando los
destrozos que nadie bien nacido quiere.
.
Moraleja:
“Tirarse desde el trampolín requiere confirmar previamente que la piscina está
llena de agua, si no el golpe puede ser tremendo”
Así
sea.
EL
VIGÍA.
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