ESCOLARES,
UNIVERSITARIOS Y LEY 26271
Algunos “colectivos” del transporte urbano han
puesto el grito en el cielo. Ha sido con mucha intensidad, hasta el extremo de
que los Angelitos de la Guarda que por allí arriba habitan, andan recelosos de
si podrán seguir acompañando, como siempre han venido haciéndolo, a sus
queridos niños por ellos tutelados. San Pedro, tras consultar como debe ser con
el Instituto Nacional de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual (INDECOPI), les ha dicho que estén tranquilos, que el problema por
ahora está con los inocentes terrenales y que a los Espíritus como los de la Guarda
no les afecta. Aunque aquí todo podría ser. Como lo fue no hace mucho la
abusiva subida unilateral de tarifas del nunca mejor dicho “colectivo”, con la
falsas excusas de la subida del combustible y después, del costo de recambios y
mantenimiento del vehículo. Y con eso nos quedamos.
Y es que ese grito ha surgido como contestación al
recordatorio de cumplimentación, con años de retraso, de la ley 26271 que
INDECOPI, repito, órgano estatal de defensa del consumo ha recordado a los
servicios públicos de transporte (con minúscula) urbano e interurbano entre los
que se hallan, como no, los “colectivos”. Y eso que nadie les ha solicitado los
efectos retroactivos del incumplimiento de la Ley. Cosa que entonces originaría
más que gritos, alaridos.
Y que es lo que nos dice esa Ley 26271?. Esa vigente
Ley data su entrada en vigor en enero del 1994 y también es conocida como “Ley
de pases libres y pasajes diferenciados”. Establece al igual que en
numerosísimos países, los pasajes diferenciados para los estudiantes
universitarios y los escolares de Inicial, Primaria y Secundaria. Para los
universitarios un cobro como máximo del 50% de la tarifa y para los escolares
del 30%. Los horarios de aplicación para los universitarios van de las 5h. a
las 24h. y para los escolares, según el Decreto Supremo Nº115-90 PCM Art. 2
inciso B, de 6h a 8,30h, de 11,30h a 15h y de 17,30 a 19,30h durante todos los
días laborables de lunes a viernes ambos inclusive. La ley también incluye a
miembros de la Policía Nacional y cuerpo de Bomberos con pase gratuito. Como
digo, según la tarifa vigente, a
confirmar por el Concejo, los universitarios y escolares deben pagar esos
porcentajes en función del trayecto realizado.
Todo esto ha sido puesto en conocimiento de las
diferentes entidades de transporte público con
el recordatorio también de que tienen la obligación de expender al cliente
el correspondiente ticket o boleta de pago como cualquier otro servicio al
ciudadano, exhibir en lugar bien visible del vehículo las diferentes tarifas
vigentes, incluidas las diferenciadas, el nº de teléfono para reclamaciones,
así como también el libro de reclamaciones a disposición del público en sus
oficinas. Y todo esto, que es lo mínimo exigible a quienes se debe considerar
como servidores públicos, les hace poner el grito en el cielo.
Lo que ha iniciado INDECOPI, por medio de su guapa
jefa en Chimbote, Judith Rodrigo, no es más que una campaña de concienciación
con el objeto que quien corresponda, se vaya sensibilizando en la aplicación de
la Ley, para posteriormente, más adelante iniciar la inspección de vehículos y
proceder a la felicitación por la cumplimentación de la norma o si hubiera
lugar, a imponer la sanción correspondiente. Sanción que puede llegar a las 450
Unidades Impositivas, o lo que es lo mismo un millón setecientos mil
(1.700.000) Soles.
Uno de los varios dirigentes de los transportistas,
dice que la Ley 26271 no rige para las empresas de colectivos. Quizá lo que
quiso decir es que ellos, los colectivos, no se regían por esa Ley, pues la
ignoraban. O lo que es lo mismo, estaban incumpliendo la ley. También dicen que
ellos se rigen por la Ley 27181, cosa alentadora, pues si es así deberían detenerse
en la Segunda Disposición Final:“De la vigencia de regímenes especiales” que
dice: “Precísese que SE MANTIENE LA VIGENCIA de
las normas que establecen el derecho a pases libres y pasajes
diferenciados para escolares, universitarios y otros de régimen similar”.
También hay que recordar que ya en febrero del 2005
el Tribunal Constitucional se pronunció a favor de la constitucionalidad de la
Ley 26271 ante los intentos de declararla inconstitucional por parte de
transportistas descontentos. Y a la fecha no hay nada que la haya cambiado, ni
se prevé.
Otro dirigente dice que si se cumple la Ley el
negocio no es rentable. Habrá que recordarle un par de cosas. La primera es que
más que de un negocio estamos hablando de un SERVICIO PÚBLICO, que es otra
cosa, y la segunda que al parecer, la falta de rentabilidad del SERVICIO, según
ellos, se origina por la presencia de escolares y universitarios que cumplen con la ley.
Aberración más grande no cabe.
A estas voces, de forma incomprensible, se une nada
menos la de quién en mi opinión debería apoyar la Ley vigente, aunque sólo sea
por el cargo que ocupa como Subgerente de Transportes del Ayuntamiento
Provincial del Santa. Viene a decir: si, pero no. Sí al ticket y no al cobro
diferenciado. O sea nadar y guardar la ropa, o tirar la piedra y esconder la
mano. Su actuar parece más cercano al transportista que a su real función: la
fiscalización del transporte haciendo cumplir la Ley. Y es que hay funcionarios
a quienes parece venirles grande su puesto. No es de recibo esa pública actitud
que insisto está más próxima al “colectivero” que a los que verdaderamente debe
cuidar y proteger: los ciudadanos contribuyentes USUARIOS DEL SERVICIO. Y es
que la Gerencia de Transportes del Municipio parece seguir los pasos anteriores
en los que nunca se involucró seriamente en atajar y resolver los múltiples
problemas del transporte urbano. La situación actual de lo que se intuye
como futuro posible conflicto, muy bien destapada por INDECOPI y
felizmente apoyada, como no podría ser de otra forma por Julio Roncal al frente
de la ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES DE LA REGIÓN ANCASH (ACUREA), es originada por
la más que deficiente, inoperante actuación de quién tiene la responsabilidad
de velar por el correcto desempeño de sus funciones, que no es ni más ni menos
que la Gerencia de Transportes de la Municipalidad, que al parecer desconocía
norma tan elemental como es la aludida
ley 26271. ACUREA, con la prudencia y firmeza que le caracteriza, ya ha
anunciado que esperará pacientemente hasta primeros de año, para que los
“colectivos” tengan tiempo suficiente para adecuar sus actuaciones al
cumplimento de la Ley.
Finalmente, solo me cabe decir que los pequeños
escolares, quizá son muy pequeños para manifestar su disgusto ante los que les
dicen que son responsables de la no rentabilidad de sus……..Servicios?, pero en
cambio, vosotros universitarios/as si sois ya lo suficientemente mayorcitos
para exigir vuestros derechos y patentizar el trato diferenciado que se os
niega y merecéis. Manifestar vuestro disgusto de forma pacífica pero al mismo
tiempo enérgica es vuestro derecho y sobre todo ante la amenaza ya vertida de
que los “colectivos” pueden responder con la huelga, que vergüenza debería
darle a quién ya ha hecho mención a ella.
Se me olvidaba. El bueno de San Pedro ha terminado recomendado
a los Ángeles de la Guarda, dulce compañía…….. que actúen con prudencia y sobre
todo traten de seguir pasando desapercibidos no sea que algún desaprensivo
intente cobrarle a él, al niño y a su mamá. Pues aquí, repito, todo es posible.
En función de la evolución seguiremos hablando del
tema.
Moraleja: “Quien siembra vientos recoge tempestades”
Así sea.
EL VIGÍA.
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