El veintiocho de abril se
celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo y este año 2013 se
dedicará a la prevención de las enfermedades profesionales.
También este día es la fecha
elegida por el movimiento sindical mundial para rendir homenaje a los
trabajadores fallecidos y lesionados gravemente que han sido víctimas de los
accidentes y/o enfermedades profesionales.
¿Qué diferencia existe entre
el Día Mundial y el Día Internacional?. El primero es promovido por instituciones
especializadas de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que, en el caso de
hoy es la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el segundo a instancia
de los países miembros de la ONU. Tanto uno como otro tienen la finalidad de sensibilizar a la población
acerca de temas sociales, políticos, humanitarios, culturales y en fin, con los
derechos del hombre.
En casi todos los países del
mundo las autoridades, los sindicatos, las organizaciones de trabajadores y los
profesionales de la Seguridad y la Salud organizan actos para la celebración de
este día.
Las enfermedades
profesionales siguen siendo a nivel mundial las principales causas de
absentismo y muertes que tienen relación con el trabajo.
¿Qué se entiende por
enfermedad profesional?. Se trata de aquella enfermedad que se contrae como
resultado de la exposición del profesional a algún factor de riesgo relacionado
con su trabajo y para su reconocimiento legal como tal requiere que se establezca
la relación entre esa enfermedad y la exposición del trabajador a agentes
peligrosos (polvo, nieblas, humos, gases, vapores, radiaciones, virus,
bacterias, y algún otro) en el lugar de trabajo. Para establecer esa relación
se contará con la identificación y evaluación cualitativa y cuantitativa de los
riesgos, los análisis clínicos y patológicos, el historial profesional y el
análisis del puesto de trabajo.
Las enfermedades
profesionales son el motivo de grandes sufrimientos y enormes pérdidas en el
mundo del trabajo frente a los accidentes laborales, originando aquellas, las
enfermedades, seis veces más de muertos anuales que los accidentes, si bien
estos últimos son mucho más aparatosos y llamativos que las enfermedades.
Así, según la OIT, de un
total de 2´34 millones de fallecimientos cada año, únicamente 321,000 son
provocados por accidentes. El resto,
asústense, 2`02 millones de muertos son originados por enfermedades en el
trabajo; o lo que es lo mismo: más de 5,000 muertos diarios. Son cifras
demoledoras que producen escalofríos. También se calcula en más de 160 millones
de personas las que sufren enfermedades no mortales al año relacionadas con su trabajo. En su mayor parte,
enfermedades crónicas.
La ausencia de una prevención
adecuada, daña no sólo a los
trabajadores y familiares sino también a la sociedad en general por el elevado
coste que origina la pérdida de productividad y la consiguiente carga económica y personal a la Seguridad Social, que al fin y a la
postre pagamos todos.
Hay que tener muy claro que
la prevención es más eficaz y barata que los tratamientos y las
rehabilitaciones. Estos conceptos deberían ser entendidos y asumidos tanto por
los trabajadores como por los empleadores sin olvidar a los poderes públicos
del Estado.
Así, todos los años la OIT ha
elaborado un informe sobre el tema en
el que llama a los gobiernos y agentes sociales a colaborar en la
implementación y desarrollo de políticas y estrategias locales, regionales y
nacionales.
En él se hace referencia a
los “riesgos emergentes”, originados por los cambios sociales, tecnológicos y
organizativos como consecuencia de la mundialización que actualmente vivimos. Entre
los riesgos emergentes están: las condiciones ergonómicas deficientes, los
riesgos psicosociales y las radiaciones electromagnéticas.
Entre las primeras, los
trastornos músculoesqueléticos (TME) son actualmente los más comunes,
incluyendo el síndrome del túnel carpiano (originado fundamentalmente por
movimientos repetitivos), llegando a la cifra del 59% de todas las enfermedades
profesionales en la Unión Europea.
La gran preocupación actual
es según dicho informe, el estrés laboral y sus consecuencias. Cada día hay más
acoso psicológico, hostigamiento (mobbing), acoso moral (bullying), acoso
sexual y otras formas de violencia. A veces el trabajador adopta
comportamientos inadecuados ante el estrés como puede ser el abuso del alcohol
y/o el consumo de drogas. Se han encontrado lazos o nexos de unión entre el
estrés y las patologías cardíacas, digestivas o musculoesqueléticas. Si a todo
lo anterior añadimos la recesión económica y la amenaza del paro laboral sin
duda aumentarán el estrés, la ansiedad, la depresión y los trastornos mentales
provocando situaciones muy graves, pudiéndose llegar al suicidio.
La OIT ha diseñado un
programa de formación (SOLVE) para la prevención de los riesgos psicosociales,
la promoción de la salud y el bienestar en el trabajo, al mismo tiempo que
garantiza la evaluación y control en la gestión de dichos riesgos.
El desarrollo de las nuevas
tecnologías como la telefonía móvil y la televisión hacen que la proliferación
de antenas emisoras y repetidoras de ondas electromagnéticas se dispare con el
consiguiente riesgo, actualmente en estudio, para la población en general.
El informe también hace
referencia, como no, al papel fundamental que tienen en todo el tema las
organizaciones de empleadores y de trabajadores para la elaboración de
políticas y programas preventivos. Los empleadores tienen la obligación de
adoptar cuántas medidas de prevención y control de los riesgos sean necesarios,
previa elaboración del “mapa de riesgos”, la “evaluación de riesgos” y los
“controles de riesgos” y sus consiguientes revisiones.
Así pues, tanto los
directivos, como los supervisores, los prevencionistas y como es lógico los
trabajadores y sus representantes los sindicatos tienen un papel importantísimo
que realizar mediante el diálogo social (no monólogo) y su participación
efectiva en la elaboración y desarrollo de esta ingente tarea.
Los trabajadores y sus
organizaciones representativas (sindicales) tienen el deber y el derecho a
participar activamente en la proposición, elaboración, aplicación y control de
las políticas de prevención que se lleven a término en la empresa en la que
laboran.
En nuestro caso el Perú, así se contempla en la reciente, por lo
tanto vigente y moderna ley Nº 29783 “LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO” y
su correspondiente Reglamento que la desarrolla.
Otro día hablaremos amplia,
profunda y detenidamente del contenido de dicha ley y de la aplicación de su
interesantísimo Reglamento.
Así sea.
El Vigía.
No hay comentarios:
Publicar un comentario